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ALFONSO VI ¿DE CASTILLA Y LEÓN?

04 enero, 2013

Denominar a Alfonso VI como rey de Castilla y León, así tal cual, es incorrecto, y conlleva una carga política totalmente anacrónica al tratar de deslizar el nombre de una comunidad autónoma de finales del siglo XX para hablar de un monarca del siglo XI. 


Para desmontar esta absurda intitulación se puede echar mano de múltiples y variados argumentos históricos: por ejemplo, Alfonso VI fue el primer rey leonés en acuñar moneda desde la invasión musulmana del 711, y en los tipos y leyendas acuñadas por él sólo se menciona a León y/o Toledo, pero nunca a Castilla. Se puede comprobar consultando los dos volúmenes de
-CAYÓN, A., C. y J.,Las monedas españolas: del tremis al euro. 2005, 2 vol.

¿Con qué títulos se mencionaba a sí mismo Alfonso VI en sus documentos? No hay una respuesta simple y sencilla. Para responder a esta pregunta hay que consultar las diferentes colecciones documentales de los archivos hispanos con fondos medievales. Esta labor puede simplificarse enormemente gracias a la  monumental obra:
-GAMBRA, A., Alfonso VI. Cancillería, Curia e Imperio. León, 1997-1998, 2 vol. 

En concreto el segundo tomo contiene la Colección Diplomática completa de Alfonso VI, recopilada en todos los archivos hispanos y extranjeros con documentos de este monarca leonés. En total se transcriben en esta Colección 196 documentos, que analizaremos atendiendo a su tradición documental:

1.-Intitulaciones de Alfonso VI en documentos tipo A

Si nos atenemos a los ejemplares A (esto es, los que fueron expedidos directamente por la cancillería de Alfonso VI y los conservamos en original), el número se reduce a tan sólo 24 diplomas, y nos encontramos con las siguientes fórmulas intitulativas:

·Del año 1068 a 1071: “Adefonso regis”, “Adefonso gloriossisimi regis”, “ego Adefonsus rex”, “Adefonsus rex”, “Adefonsus, gratia Dei rex”. Obsérvese que no incorpora ninguna referencia territorial, y sólo se hace hincapié en el título de rey: esta era la costumbre habitual de todos los reyes anteriores. 

·12 de noviembre de 1072: “Adefonsus rex Legionensis”. Nótese que emite este documento al poco de reunificar los tres reinos (Galicia, León y Castilla) bajo la égida leonesa. 

·1075: “Ego Adefonsus rex (…) tenente sceptrum regni aput Legionem, Castellam et Galletiam”. 

·A partir de este último documento, y tras recibir el vasallaje de los demás reyes cristianos de Hispania, la intitulación que se generaliza en los documentos regios es la de “ego Adefonsus, imperator totius Ispania” o similares, salvo las excepciones que veremos a continuación:

·En un documento que Gambra fecha en el año 1080, la intitulación es “Adefonsus, gratia Dei Hispaniarum imperator”, pero en la data Alfonso VI suscribe como “Adefonsus Legionensis urbis totiusque Hispanie imperator”. 

·En un documento fechado el 7 de septiembre de 1090 Alfonso VI confirma como “regnante Adefonsus rex in Toleto et in Legione”. 

·En un documento de 3 de noviembre de 1091, del que existen sospechas de ser falso, la data dice “Regnante et imperante ego me medipso in Toleto et in Legione et in Kastella, in Asturias adque Gallecia Ego Adefonsus imperator”.

·A partir del año 1100 lo más frecuente es encontrarse la intitulación ya mencionada de “ego Adefonsus, Dei gratia totius Ispanie imperator”, y la confirmación “Ego Adefonsus, Toletanii imperii rex”, aunque en un documento de febrero de 1102 todavía hallamos “regnante Adefonso rege in Toleto et in Legione”. 

2.-Intitulaciones de Alfonso VI en documentos de tipo B

Veamos si la situación se repite en los 128 ejemplares B (copias de los originales que se hacían en las catedrales u otras instituciones receptoras de los privilegios regios), ignorando los que el propio Gambra reconoce como falsos o sospechosos:

·Del año 1067 al 1071: en cuatro documentos aparece como “ego Aldefonsus rex” y en uno de 1071 se intitula “principis”.

·1072 - mediados de 1073: El único que se conserva de 1072 sin posibilidad de ser una falsificación dice “Ego Aldefonsus rex Legionensis”, una vez más poco después de reunificar el reino paterno. En marzo de 1073 “ego enim Adefonsus, Legionensis rex”, y en mayo, en un privilegio concedido a Cluny y conservado en la Bibliteca Nacional de París, dice “Ego Aldefonsus, rex Ispaniarum atque Leonensis”, en lo que constituye el más antiguo precedente del uso del título imperial, aunque en la data los monjes consignan “regnante Aldefonso rege in Castella et in Legione”. En la confirmación de un documento de julio de 1073 firma como “ego rex Adefonsus Legionensis”. En algunos de estos documentos se cita esporádicamente en el cuerpo textual como “ego rex Adefonsus”.

·Mediados de 1073 – 1079: En los años 1073 y 1077 suele figurar como “Ego Aldefonsus serenissimus rex” o “serenissimus princeps”, alternando con el ya visto “ego Aldefonsus rex”, que es el más abundante. En un documento de la catedral de Burgos se intitula “ego Aldefonsus rex”, pero en la confirmación se explaya más: “tenente sceptrum regni aput Legionem et Galletiam et Asturiensem prouinciam ego Aldefonsus rex”. Nótese la ausencia de Castilla a pesar de ser un documento dirigido a la catedral burgalesa. En otro privilegio de la misma procedencia se intitula como “ego Aldefonsus (…) rex Hyspaniae” y repite la confirmación anterior (“tenente sceptrum...”). En agosto de 1076, en una donación concedida a Cluny: “Ego Aldefonsus, gratia Dei Legionensis” y en la confirmación “Regnum imperii Adefonsi rex in Legione et in Castella”. 

Mención aparte en este mismo periodo merecen los fueros concedidos por Alfonso VI, como el Fuero de Sepúlveda (noviembre de 1076), del que se conservan dos ejemplares diferentes: en uno se añadió de forma extraña en el margen “regnante rege Adefonso in Castella siue Legione et in omni Hispania”, pero es bastante posible que sea una anotación posterior, porque esa datación no aparece en el otro ejemplar conservado (que simplemente pone “Ego Aldefonsus rex”). En el Fuero Extenso de Nájera (1076) también aparece una intitulación peculiar: “Ego Aldefonsus dei gratia rex tocius Gallecie et Legionis et Castelle usque in Calagurram dominans et in Yspania principatum t[enens]”, que además se repite en la data. 

En 1077, en la duplicación del censo otorgado a Cluny, Alfonso dice de sí mismo “Ego Adefonsus, gratia Dei rex Leonum”, y en la data “regnante Andefonso in Legione et in Kastella et in Pampillone”, mientras que en la confirmación se contenta con un más sencillo “Ego Aldefonsus rex”. 

Como hemos dicho, la intitulación que más se repite en este periodo es “Ego Alfonsus rex” (o “princeps”, aunque a partir de 1077 no es raro encontrarse “ego Alfonsus (tocius) Yspanie rex” o similares. En la data del documento tampoco es raro que aparezca “Alfonsus rex in Legione, in Castella et in Naiera”.

·A partir de 1079 - 1109: salvo alguna esporádica reaparición de intitulaciones anteriores, Alfonso comienza a usar el título de Emperador de Hispania (o de las Hispanias). Esta tendencia empieza en un documento remitido a Cluny el 3 de septiembre de 1079 (“ego Aldefonsus, diuina gratia imperator totius Spanie”, “Adefonsus imperator conf.”, “Ego Adefonsus imperator”). Esta tendencia se convierte en general a partir de 1085, con la conquista de Toledo, que fue su máximo logro como rey. A veces especifica “Ego enim Adefonsus, gratia Dei imperator constitutus super omnes Hyspanie nationes”. En las datas de los documentos a veces se especifica “regnante et imperante serenissimo principe Adefonso in Toleto et in Legione”, coincidiendo la cita a estas dos ciudades y sus territorios con las leyendas de las monedas acuñadas por este rey. En ocasiones la lista de territorios se alarga, como en un documento de la Catedral de Burgos datado en 1088: “in Toleto, Legione, Galletia, Castella et Nagara”, pero nunca “Castella et Legione” ni nada parecido. En un documento conservado en el AHN de 28 de enero de 1090, se intitula “Adefonsus rex Legionis et tocius [His]panie imperator”. A pesar de la práctica generalización del título de “imperator”, a veces usa “Hispaniarum rex” (o “princeps”). 

A partir de 1096 la intitulación sigue siendo la referente al imperio hispánico, pero en la confirmación empieza a aparecer “Ego enim Adefonsus, Toletani imperii magnificus triumphator”, posiblemente con motivo de las victorias frente a los almorávides en sus intentos de retomar Toledo.  Curiosamente a partir de 1099 la estructura se vuelve de al revés: en la intitulación Alfonso se declara “Toletani imperii rex”, y en la confirmación es donde dice “Ego Aldefonsus, Dei gratia totius Hyspanie imperator”, aunque el orden “normal” se recupera a partir de 1101. En 1102 tenemos un documento en el que se intitula “Ego Adefonsus, regnans in Toleto et in Legione”. También en el AHN hay un documento fechable entre el año 1100 y el 1107 en el que la intitulación inicial es “Ego Aldefonsus rex Yspaniarum”, pero en la data se varía el orden de los territorios: “Regnante rege Aldefonso in Toleto, in Castella, in Legione, et in Gallecia”. Es el único caso de un documento teóricamente fiable en el que Castilla se antepone a León. En dos documentos copiados en época de Fernando III y Alfonso X (o posterior) alguna vez se menciona a Alfonso VI como “rex in Castella”, o “rex tocius Castelle”, pero el propio Gambra los reconoce como documentos interpolados. 

Por resumir en cifras, y ciñéndonos a las referencias a León y a Castilla en las intitulaciones regias de Alfonso VI:

-En los 24 documentos tipo A (presuntamente originales): 6 referencias a León frente a 2 a Castilla. En ninguna de ellas se antepone Castilla a León. 

-En los 128 documentos tipo B analizados: 24 referencias a León frente a 14 a Castilla (de las que 3 son sospechosas). Hay que tener en cuenta de que en todas las que aparece Castilla también se nombra a León, pero no a la inversa (hay varias referencias a León sin nombrar a Castilla) Sólo hay dos documentos en los que se anteponga Castilla a León, pero hay que matizar este hecho: 
·Uno es de 1073, de Cluny, y en él en la intitulación Alfonso VI se autoproclama “rex Ispaniarum atque Leonensis”, mientras que es en la data (redactada por los monjes franceses) donde figura: “regnante Adefonso rege in Castella et in Legione”.
·Otro es de entre 1100 y 1107, y mientras Alfonso se intitula “Ego Aldefonsus rex Yspaniarum”, es en la data donde el escribano dice de él: “Regnante rege Aldefonso in Toleto, in Castella, in Legione, et in Gallecia”.

EL REINO DE LEÓN SEGÚN LOS ESTATUTOS MEDIEVALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

04 septiembre, 2011

Fuchicando por la web del Archivo de la Universidad de Salamanca encontré una sección dedicada a los estatutos históricos de dicha institución. Por curiosidad eché un vistazo a los que concedió el papa Martín V el 20 de febrero de 1422, y en ellos comprobé de primera mano un dato que ya había leído antes: que el rector debía ser del reino de León un año, y del reino de Castilla al siguiente. Esta división también se observaba en la elección de los ocho consejeros, ya que cuatro habían de ser de procedencia leonesa, y otros cuatro de origen castellano. Según la monografía "Historia de la Universidad de Salamanca", este sistema de elección procede de tiempos de Benedicto XIII ("El Papa Luna"), pero en tiempos anteriores el sistema era todavía más dúplice, ya que toda la Universidad estaba dividida entre dos naciones: la leonesa y la castellana. Cuando la institución ganó prestigio y empezó a llegar gente de otras procedencias, los portugueses fueron englobados en la nación leonesa, y los aragoneses en la castellana. Cada una de estas "naciones" tendría su rector, con lo que el gobierno de la Universidad era prácticamente una diarquía.

Benedicto XIII anuló este interesante sistema y estableció un único rector, que como hemos dicho un año tenía que ser de la nación leonesa y otro de la castellana. A continuación incluyo un fragmento de los mencionados Estatutos de Martín V, así como la transcripción que he hecho:


[...] Ordinamus quod in Studio Salamantinensis perpetuis temporibus Vnus sit Rector et / Consiliarii Octo quolibet Anno et quod Rector ipse Vno de Castelle et / alio Annus de Legionis Regnis existat et sic successiue perpetuo obserue/tur. Verum si aliquando persona utilis et ydonea Uniuersitati de Regno Legionis/ non reperiatur pro Rectore uel econtra de Regno castelle eligatur uel et / econuerso quod Rectoris et Consiliariorum uel duarum partium imperium / iudicio relinquimus in hoc casu. Consiliarii uero quolibet Anno de diocesis/ Legionensis Ouetensis Salamantinensis Zamorensis Cauriensis Paccensis uel Ciuita/tensis duo de diocesis Compostellanensis Astoricensis Auriensis Mindoniensis Lucensis/ uel Tudensis aut de Regno Portugalie alii duo de diocesis Toletanensis Ispalensis/ Cartaginensis Cordubensis Giennensis Gadicensis Placentinensis seu Conchensis alii / duo reliqui uero duo Consiliarii de diocesis Burgensis Calagurritanensis Oxomensis/ Seguntinensis Palentinensis Abulensis seu Segobiensis aut de Regnis Aragonie/ Nauarre uel alia quacumque natione extranea eligantur.

Resulta interesante ver la enumeración de las diócesis de procedencia de los consejeros de las dos naciones leonesas: aunque ambas carecen de nombre, coinciden a grosso modo la primera con el reino de León y la segunda con el reino de Galicia. Así, la de León incluye: León, Oviedo, Salamanca, Zamora, Coria, Badajoz y Ciudad Rodrigo. La nación "leonesa" de Galicia estaría compuesta por Santiago de Compostela, Astorga, Orense, Mondoñedo, Lugo, Tuy, y la gente de Portugal. 

Otro dato de interés es la extensión territorial de la segunda nación castellana, que se corresponde más o menos con Castilla la Vieja: Burgos, Calahorra, Burgo de Osma, Sigüenza, Palencia, Ávila y Segovia. Lo señalo porque  siempre ha habido dudas sobre si Palencia pertenecía al reino de León o al de Castilla: según este documento, parece clara su castellanidad.

LEONESA CANCILLERESCA: UNA NUEVA TIPOGRAFÍA MEDIEVAL PARA EL 1100 ANIVERSARIO DEL REINO

18 agosto, 2010

Me complace presentaros una nueva tipografía que he creado en honor al 1100 aniversario del reino de León. Como recordaréis los que lleváis siguiendo un tiempo este blog, no es la primera que realizo, ya que en el 2006 creé otra a la que llamé “Visigótica Leonesa”. Con la perspectiva que da el tiempo, no estoy muy satisfecho de ella, pero hay que tener en cuenta que la realicé “a golpe de ratón”, por lo que quedó con un aspecto bastante irregular. 

En esta ocasión he contado con una tableta digitalizadora que me ha facilitado mucho la tarea a la hora de dotar a la tipografía de una mayor fluidez y (creo) elegancia. De todas formas, tiene bastantes defectos, porque hay que tener en cuenta que sigo siendo un aficionado al diseño tipográfico, y el resultado dista mucho de ser profesional. Sin embargo, mi intención ha sido hacer un tipo de letra lo más fiel posible al de los documentos de las cancillería regias de Fernando II y Alfonso IX, concretamente a los correspondientes a los años finales del s. XII.


Para ello he usado como modelo básico el documento nº 1065 del Archivo de la Catedral de León (imagen superior: como todas las demás, pulsad para agrandar), un privilegio que concedió Fernando II en el año 1186 a todos los clérigos de la capital. Cabe destacar que la redacción de este documento fue obra del canciller Petri Vele (Pedro Vélez), que también fue el responsable de la cancillería regia durante los primeros años del reinado de Alfonso IX. Es decir, que casi con total seguridad también fue él el encargado de redactar los decretos (“decreta”) de las famosísimas Cortes de 1188. En cualquier caso, el tipo de letra tuvo que ser el mismo. La letra visigótica se había comenzado a dejar de utilizar durante el reinado de Alfonso VI (1065-1109), y en su lugar se empleó la letra carolina, que se había extendido por gran parte de Europa. A finales del siglo XII esta tipografía ya estaba evolucionado a la famosa letra gótica, lo que es muy visible en los documentos emanados de la cancillería real leonesa. Esta letra tardo-carolina no tiene un nombre específico, aunque algunos hablan de “minúscula diplomática”: considero que éste no es un nombre muy afortunado, ya que podría adjudicarse a cualquier letra minúscula empleada en diplomas (documentos públicos). Por ello he optado por bautizar esta tipografía como “Leonesa Cancilleresca”.

Las letras minúsculas reproducen lo más exactamente posible las contenidas en el documento nº 1065 de la Catedral, y las mayúsculas son las que aparecen en las inscripciones del signo rodado del mismo, y en otros de similares características. El signo rodado es una rota o rueda central en la que se solía disponer el símbolo del rey o del reino. 

En la parte superior, un fragmento del documento 1065. Debajo, el mismo texto escrito con la tipografía Leonesa Cancilleresca

En la línea superior, mayúsculas del signo rodado del doc. 1065 de la Catedral. En la inferior, el mismo texto en tipografía Leonesa Cancilleresca.

En la versión de la tipografía que he llamado simplemente “Leonesa Cancilleresca” he sido lo más fiel posible a la letra medieval, respetando aspectos como:

-Ausencia de puntos sobre las íes y las jotas.
-Casi nula separación entre caracteres.
-Excesiva altura de los astiles (=palos), como en el caso de b, l, y h.
-Desproporcionado tamaño de las mayúsculas, que casi triplica el de las minúsculas.
-Existencia de un punto sobre la “y”, que siempre aparece en los documentos.

Ahora bien, para facilitar la legibilidad también he acuñado otra versión de esta misma tipografía, a la que he llamado “Leonesa Cancilleresca Modern”, más legible y acorde con nuestro tiempo, y que tiene las siguientes diferencias con la anterior:

-Las íes y las jotas tienen puntos sobrepuestos.
-Hay una mayor separación entre caracteres.
-Los astiles han sido recortados.
-Las mayúsculas se han reducido hasta tener un módulo (tamaño) que sólo dobla al de las minúsculas.
-Eliminación del punto sobre la “y”.
Comparación de módulos entre la tipografía Leonesa Cancilleresca (arriba) y su hermana Leonesa Cancilleresca Modern (abajo).


Ambas versiones están disponibles de forma libre y gratuita en mi página "Los Telares de R.Chao", aunque al final de esta entrada os facilito los enlaces para su descarga directa. La gente puede elegir cuál descargarse y cuál emplear de las dos, dependiendo de si prefieren ser más o menos fieles al tipo de letra medieval original. No creo que sea muy conveniente utilizarla en documentos largos, ya que en esos casos al igual que las demás letras “góticas” puede causar fatiga al lector.

Soy consciente de que existen varios defectos. Uno de ellos es el tamaño de los números y el de algunos signos como los paréntesis, que encajan mal con el tamaño de las mayúsculas. El problema se puede solventar aumentando el tamaño de la fuente en esos casos concretos hasta igualar el tamaño de las mayúsculas.

Como ya he dicho, he intentado ser lo más fiel a la letra medieval, pero, a pesar de todo, he tenido que tomarme algunas licencias: he sacrificado las eses altas, muy parecidas a las efes, y en su lugar sólo he usado las eses finales, más similares a las actuales. También he tenido que crear la jota, pues es una letra que no existe en latín: para ello me basé en las íes largas que aparecen de cuando en cuando en los documentos medievales.

Esta fuente se puede instalar en sistemas Windows, Macintosh y Linux. Su uso es prácticamente libre, ya que la licencia es Creative Commons By, es decir, que sólo pido que, cuando sea posible, se cite la autoría si se va a emplear en algún tipo de trabajo. De todas formas, no descarto cambiar la licencia a GNU. Se puede decir que es una aportación personal al 1100 aniversario del reino de León. La elaboración de esta tipografía me ha llevado casi cuatro meses (comencé en abril), utilizando para ello mis ratos libres. Y es que ha habido que crear cada carácter uno a uno, incluyendo el alfabeto de minúsculas, el de mayúsculas, y los principales signos ortográficos, de puntuación, matemáticos, etc. Y después he tenido que colocar cada carácter en su correspondiente casillero para que se correspondiera con su equivalente en el teclado.

Por supuesto, he contado con la aprobación del Archivo de la Catedral para usar el documento 1065 con este fin, por lo que desde aquí me gustaría agradecer su inestimable colaboración.

Espero que os guste esta tipografía en cualquiera de sus dos versiones. Me divierte pensar la cara que habrían puesto el notario Bernardo y el canciller Pedro Vélez si les hubieran dicho que más de ochocientos años después su letra podría ser usada por cualquier persona. 

Tenéis un precioso ejemplo de las posibilidades de la fuente en esta página que amablemente ha realizado Kseso?

Descárgate la letra Leonesa Cancilleresca en este enlace
Descárgate la letra Leonesa Cancilleresca Modern en este enlace

En ambos casos hay que dar al icono de Descargar, después acceder al archivo, pulsad sobre él, y seleccionad el botón "Instalar". A partir de ese momento ya estará disponible como tipografía en el Word, Photoshop, etc. 

ADENDA:
Contrariamente a lo que alguno ha puesto en Menéame, la fuente SÍ que tiene ñ y Ñ., así como $, €... Además, también se puede poner la l y la h sopunteadas para escribir en asturleonés. { y } (a la derecha de la ñ, en combinación con Alt Gr) están sustituidas por la h y H sopunteadas, y [ y ] (a la derecha de la p): también hay que combinar con Alt Gr) por la l y la L sopunteadas


PD: Me han llegado consultas sobre si se pueden usar  estas tipografías para rótulos de productos comerciales, logotipos, etc. La respuesta es que por supuesto que sí, pero la condición es que la tipografía no se puede registrar, ya que ha de seguir quedando a libre disposición de tod@s.

PD': Como ya dije en el post, sé que no es una tipografía perfecta (ni mucho menos), así que agradecería la colaboración de diseñadores gráficos "de verdad" para mejorar cosas como el interlineado, kerning, etc., tal y como ocurrió con la Visigótica Leonesa y la inestimable colaboración de Ismael Funes Aguilera.

Por otra parte, permitid que os recomiende estos dos libros míos: 

INTERESANTÍSIMO DOCUMENTO CON RETRATOS DE ALFONSO VII, FERNANDO II, SANCHO III Y EL CONDE PONCE DE CABRERA

22 febrero, 2010

Este domingo, de forma totalmente inopinada, me he encontrado en Internet con la foto de un documento interesantísimo, con la siguiente signatura: The Hispanic Society of America, New York, B.16.  Su interés radica en el dibujo con que finaliza: un auténtico retrato de la familia real de Alfonso VII, algo totalmente atípico en la diplomática leonesa, aunque recuerdo un documento en el que aparece Sancha, la hermana del Emperador . 

En la ilustración aparece en el centro el abad Willelmus, recibiendo la donación de manos del Emperador, quien figura a la derecha, portando una especie de rama que me recuerda mucho a esa especie de Árbol de la Vida que tanto abunda en las monedas leonesas de la época (en ocasiones flanqueado por sendos leones). A Alfonso lo protege uno de los principales personajes de su corte: el conde Ponce de Cabrera, de origen catalán, que fue su mayordomo, y que también ostentó el título de Príncipe de Zamora, como puede leerse en este interesantísimo artículo de En el Ángulo Oscuro. A la izquierda del abad, casi como si de dos gemelos se tratase, podemos ver los dos hijos del Emperador: Sancho III, futuro rey de Castilla, y Fernando II, futuro rey de León. Si os fijáis, Sancho está abrazando con su brazo izquierdo a su hermano: pueden verse los dedos de la mano agarrando su hombro.

El interés iconográfico de esta representación es múltiple. En primer lugar, se puede apreciar que es de estilo románico, lo que prácticamente garantiza que, independientemente de su autenticidad, nos encontramos ante un documento de la época. 

En segundo lugar, aporta un dato de gran interés para la historia de la Heráldica, ya que el conde Ponce, el mayordomo, porta un escudo protoheráldico con el signo parlante de su linaje: una cabra. Además, el animal está dispuesto en una postura casi rampante, para ocupar el mayor campo del escudo de armas del conde. El documento figura como concedido en el año 1148, es decir, en los albores del surgimiento de la disciplina heráldica.

Otro aspecto iconográfico de interés lo constituye la rama que portan tanto el Emperador como su hijo Fernando: ¿Simboliza sencillamente el acto de la donación? ¿O es tal vez un símbolo de poder? En  cualquier caso, ¿por qué lo lleva Fernando en lugar de Sancho, que era el primogénito? Sobre este tema me gustaría hacer una reflexión: Muchas veces se piensa que Alfonso concedió Castilla a su hijo Sancho por ser el principal reino, pero esa teoría rechina demasiado con otros aspectos. Después de todo, Fernando recibió León, la prestigiosa capital del Imperio, así como la mayor parte del aparato estatal de su padre: por ejemplo, también heredó al conde Ponce de Cabrera como mayordomo, así como a los mejores notarios y escribanos del reino (aspecto este muy bien estudiado en la obra "El latín de la Cancillería de Fernando II"). También conviene recordar que durante gran parte de su reinado, Fernando fue el principal rey de la Hispania cristiana, y que se intituló "Rex Hispaniarum" (Rey de las Hispanias) y "Rex Hispanorum" (Rey de los Hispanos). Tal vez lo que hizo Alfonso fue simplemente repetir el reparto territorial de su bisabuelo Fernando I, quien al parecer se limitó a seguir la costumbre navarra de conceder al hijo el primer territorio que había recibido de su padre, Sancho Garcés III.

Otra cosa que me llama la atención es el dibujo de Alfonso VII, ya que se encuentra en una postura bastante extraña, dando la sensación de que el dibujante se basó en otra ilustración en la que el rey aparecía sentado en un trono. Por otra parte, el retrato del abad recuerda mucho a las lápidas y altorrelieves abaciales que todavía pueden verse en algunos monasterios (vg: el de Moissac)

En cualquier caso, las tan numerosas peculiaridades me hacen pensar que nos podemos encontrar ante la copia del documento que realizaron en el monasterio benedictino o cisterciense que se benefició de la donación, ya que es muy diferente de los emitidos por la cancillería imperial. El diploma aparece como confeccionado en Toledo, pero es muy extraño porque aparece fechado tanto en Era Hispánica como según el Año de la Encarnación, uso este último totalmente ajeno tanto al reino de León como al de Castilla, y que podría apuntalar la tesis de un origen extranjero del escriba y/o ilustrador. Además, y por si fuera poco, la fecha dada en Era Hispánica y la de la Encarnación no coinciden: la primera dice "Era millesima centesima octogesima VIIIª" (año 1150), mientras que la segunda da el año 1148 ("Anno ab incarnatione Christi millesimo centesimo XLº VIIIº"). En fin, un documento que valdría la pena investigar.
 

LA ERA HISPÁNICA. UN EJEMPLO DE MALA DATACIÓN EN EL LIBRO "EL SEÑORÍO Y MARQUESADO DE VILLAFRANCA DEL BIERZO"

14 agosto, 2008

En el Reino y Corona de León no se llevaba la cuenta de los años tal y como la conocemos hoy en día. Ello se debe a que en realidad ha habido muchas maneras de hacer las datas o fechas a lo largo de la Historia, y la Era Cristiana (o Común) no fue una excepción. Así, en algunas zonas de Europa se consideraba que el año comenzaba con la primavera, continuando con el uso romano, aunque cristianizándolo con la celebración de la Encarnación de Jesús en María, o con la Pascua de Resurrección. En otras partes se estableció el 25 de diciembre, es decir, el (supuesto) día del nacimiento de Jesús. Y, por último, estaban los que celebraban el Año Nuevo al concluir el último día del mes de diciembre, haciéndolo coincidir con la circuncisión de Jesús. Estos tres usos suponían que el mismo año, visto desde nuestra perspectiva, podía ser un año anterior dependiendo del sitio, por lo que es un dato que hay que tener en cuenta a la hora de datar los documentos medievales.

Pero las dificultades a la hora de datar no se limitan a este aspecto sobre el momento exacto en que comienza el año. Otra diferencia según el área geográfica es el año exacto a partir del cual se empezaban a contar los años. Hoy estamos acostumbrados al sistema de la Era Cristiana o Común, que se inicia con el año del nacimiento de Jesús, aunque aquí también influye el problema anterior, ya que en otras épocas y zonas se pensaba que el año 1 d.C. empezaba con la Encarnación, o con el nacimiento, etc. Sin embargo, hasta el siglo IV d.C. la manera más extendida de contar los años en Europa era partir del famoso “Ad Urbe Condita”(A.U.C.), esto es, del año de la supuesta fundación de la ciudad de Roma (753 a.C., o, dicho en ese estilo, 1 A.U.C.). En cualquier caso, las dos eras comienzan en el año 1, y no en el 0, ya que el mismo concepto del guarismo 0 parece que no surgió hasta época árabe.

Volviendo a la Península Ibérica, aquí se empleó un sistema propio diferente al del resto de Europa: fue la Era Hispánica, que se iniciaba en el año 38 a.C., por causas que desconocemos. Durante mucho tiempo se propuso que tenía que ver con el año de la pacificación de la Península por parte de Augusto, pero las fechas sencillamente no coinciden, ya que por aquél entonces las guerras astur-cántabras ni siquiera se habían iniciado. En cualquier caso, la Era Hispánica fue el estilo cronológico empleado durante los más de tres siglos de existencia del Reino de León, y aparece referenciado en la documentación con la expresión “sub Era”. Este hecho hace que SIEMPRE tengamos que restar 38 años a las fechas que aparecen en la documentación y epígrafes leoneses. Así, si en un documento o inscripción figura “sub Era MCCXXXVIII”, hemos de fecharlo en 1200, y no en 1238.

Este asunto tiene una gran importancia, porque no es infrecuente que algún historiador se equivoque al hacer las cuentas, o que lea mal el número romano escrito en la data debido a la mala conservación del documento, o a la poca pericia del escriba a la hora de escribirlo. Encontré un ejemplo de esto ayer mismo, al hojear el libro “El señorío y marquesado de Villafranca del Bierzo a través de la documentación del Archivo Ducal de Medina Sidonia” que amablemente me regaló Alicia Todocelta. En él se incluyen varias fotografías de documentos del citado archivo, y entre ellas las del más antiguo del que disponen. Se trata de un privilegio rodado de Fernando II (1157-1188), y según el autor es del año 1167. He de decir que me llamó la atención porque el signo rodado era idéntico al de otro privilegio de 1159 que fotografié en el Archivo de la Catedral de León, por lo que por curiosidad me fijé en la fecha del citado documento (ver imagen: pulsa para ampliar).


Allí aparentemente figura “SVB. ERA. M.C.LXVII. anno iiº q(u)o(d) obiit i(n) portu d(e)l muradal famosissim(us) hyspaniar(um) i(m)p(er)ator d(om)n(u)s adefo(n)sus.”, cuya traducción sería “bajo la Era 1167, segundo año desde la muerte en Puerto del Muradal del famosísimo Don Alfonso, Emperador de las Hispanias ”. Como ya he dicho, en el libro el pergamino aparece fechado en el año 1167, y en principio me pareció extraño que el signo rodado fuera idéntico a otro de 8 años atrás. En seguida reparé en que la fecha de 1167 era sencillamente absurda por dos razones. En primer lugar, porque al estar dada en Era Hispánica, no se podría poner la fecha tal cual (craso error para cualquier historiador), sino que 1167-38=1129 d.C. Pero este año resultaría imposible, ya que Fernando II todavía no había nacido, y Alfonso VII ni siquiera se había coronado como Emperador. Y en segundo lugar, porque según nos dice el propio documento, está realizado en el “segundo año desde la muerte (...) del Emperador”. Sabemos que Alfonso VII murió en 1157, por lo que la verdadera fecha debería ser 1159. Entonces,¿dónde está el error? Pues en la propia lectura de la fecha: en realidad no pone M.C.LXVII. sino que, muy al estilo de esos años, de la parte superior derecha de la X va “colgada” otra minúscula L que la une con la V. Y es que en la Edad Media “90” en números romanos no se escribía “XC”(100-10), sino LXL (50+(50-10)). Si os fijáis en la fotografía de esa línea, podréis ver esa L de la que os hablo, y entonces sí que saldrán las cuentas: Era MCLXLVII=1197. Si a 1197 le restamos 38, obtendremos que el año en nuestro sistema es 1159, que coincide con el segundo año desde la muerte de Alfonso VII y del reinado de Fernando II. Es decir, que el Archivo Ducal de Medina Sidonia puede retrasar nada menos que 8 años la fecha de su documento más antiguo, que por cierto consiste en la concesión de la décima parte de las rentas reales en Villafranca del Bierzo al Monasterio de Carracedo por parte del rey Fernando II. Esperemos que la fecha errónea no haya sido muy empleada por los historiadores locales.

PD: Me he puesto en contacto por email con Caridad López, la Archivera del Archivo Ducal de Medina Sidonia, quien ha tenido la amabilidad de informarme de que en su archivo el documento está perfectamente datado, por lo que hay que suponer que el error sólo se ha producido en el libro “El señorío y marquesado de Villafranca del Bierzo a través de la documentación del Archivo Ducal de Medina Sidonia”, con lo que la responsabilidad del error recaería exclusivamente en su autor, don Vicente Fernández Vázquez. Por todo ello, las dos últimas afirmaciones del post carecen de sentido.

PD' (agosto 2014): Ahora que he tenido que usar este documento para la tesis puedo añadir que también está mal el mes de la data, ya que Vicente Fernández dice que es "1167, abril", cuando en el diploma dice que se hizo en las "VI kalendas aprilis", es decir, el 27 de marzo de 1159.

PD" (abril 2020); El documento está digitalizado en la web del archivo, pero aparece con la data errónea de 10 de abril de 1167 : http://www.agfcms.com/lpf/1158.privilegio-fernando-II-vilafranca/doc.html